Evento Online en Vivo. PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO - PARA LOS GRUPOS EMPRESARIALES - |
El artículo 400-Bis del Código Penal Federal es claro a ese respecto. Dice que se impondrán de cinco a 15 años de prisión y de mil a cinco mil días multa a quien enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera en territorio nacional (o de éste hacia el extranjero o a la inversa) recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita para ocultar o pretender encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes. Las nuevas disposiciones fiscales y financieras dispersas en distintos ordenamientos condenan actividades vulnerables, la evasión fiscal y el lavado de dinero en las partes relacionadas, es por ellos que hemos diseñado este oportuno Seminario Online en Vivo para aclarar todas sus dudas |
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