LUZBY BERNAL

martes, 27 de septiembre de 2011

Mejora Emocional: Papá a la fuerza



Posted: 26 Sep 2011 07:35 AM PDT
La semana pasada se conoció el fallo de dos juezas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (de Argentina) que autorizaron a una mujer a implantarse embriones concebidos con su ex-marido –a pesar de la negativa del hombre al respecto.
Estos son los pormenores de la historia, según detalla Entremujeres:
Sergio y María se casaron el 14 de noviembre de 2003 en una ciudad bonaerense. Dos años después de buscar un hijo y no lograrlo, fueron al Instituto de Ginecología y Fertilidad (IFER) donde, luego de varios estudios, intentaron un tratamiento de inseminación artificial, que no dio resultado.
Después de eso, realizaron un proceso de fertilización “in vitro”, que se basa en la fecundación extracorpórea de óvulos para su posterior implante en el vientre materno. El tercer intento resultó exitoso y su hijo nació el 17 de agosto de 2006.
Como es habitual en este tipo de tratamientos, fueron fecundados varios óvulos. Se lograron varios embriones, le transfirieron otros, y se congelaron otros cinco, que quedaron bajo custodia del IFER.
Al poco tiempo –en octubre de ese año-, la pareja se separó por “dificultades que tornan moralmente imposible la convivencia”, según lo declarado por el hombre. Actualmente, se encuentran realizando los trámites de divorcio.
La decisión unilateral (de ser madre)
Años después, María decidió iniciar otro tratamiento con los embriones que quedaban. Pero Sergio no quería tener más hijos. Mientras tanto, el IFER se negaba a transferirlos porque, según el contrato firmado, ambos tienen que estar de acuerdo para realizar el procedimiento. El doctor Edgardo Young, director del Instituto de Ginecología y Fertilidad, explicó que “para descongelar los embriones y colocárselos a la madre ambos tienen que estar de acuerdo, ya que es una decisión de dos”.
Sin embargo, ella decidió acudir a la vía judicial. El fallo publicado por elDial.com revela que Sergio explicó que, aunque hayan conservado más embriones, esto no correspondía a una “voluntad de los padres de tener igual cantidad de hijos, sino la futura utilización para supuestos en que el implante no resulte favorable para un nacimiento, motivo por el cual se los mantiene crioconservados”.
El hombre propuso como solución alternativa que se diera en adopción a los embriones, algo que se le volvió “en contra”: el Tribunal señaló esta actitud como un “reconocimiento de sujeto de derecho de los hijos congelados ‘in vitro’, pues no hay adopción que no sea de personas”.
Luego de tres años, María logró que el Tribunal le conceda la autorización para realizar el tratamiento. El fallo fue dictaminado el 13 de septiembre y publicado el 22 de ese mes. “Esta señora luchó muchísimo para poder transferirse los embriones y consiguió una autorización judicial para hacerlo. Ahora nosotros estamos autorizados por la justicia”, indicó Young, desde el IFER.
Eduardo Quintana, especialista en Derecho de Familia de elDial.com e integrante de la Cátedra de Ley Natural y Persona Humana de la Universidad Católica Argentina (UCA), explicó que el Tribunal valoró que los progenitores acordaran previamente que, “de darse un debate, la solución debía asumirla ‘la autoridad competente’, o sea, el Poder Judicial. La madre inició el trámite por vía cautelar y expeditiva, pero la Justicia decidió darle todo el derecho de defensa al padre y prohibió al centro de fertilización el implante hasta que recayera sentencia definitiva”.
Los argumentos del fallo refieren, además, que la paternidad biológica es aceptada desde el momento en que Sergio accedió a hacerse el tratamiento de fertilización asistida, “conociendo las implicancias y posibles consecuencias asumidas” y que su “voluntad procreacional explícita queda pues manifiesta en ocasión de suministrar su material genético conociendo que lo hacía con la finalidad específica de que fuera utilizado en el proceso de inseminación”.
Para Quintana, “el Tribunal superó el ‘interés’ de los progenitores y focalizó la decisión en los sujetos ‘primarios’ del proceso, o sea, los embriones, ya que lo que se está debatiendo es, también, su vida o muerte y no sólo la mejor conveniencia de los padres”.
Finalmente, María tiene vía libre para usar los embriones congelados. El Instituto, a pesar de su negativa inicial, está obligado a implantarlos. Y este hombre, que no tenía planes de tener hijos -y menos con su ex esposa-, será papá otra vez.
…………

Personalmente, admiro muchísimo a aquellos hombres y mujeres que tanto hacen por ser padres: se someten a estudios y a tratamientos invasivos, ponen el cuerpo y el alma para cumplir con su sueño, luchan contra las desilusiones cuando los tratamientos no dan el efecto deseado, renuevan sus esperanzas, su confianza y su amor y lo vuelven a intentar… He acompañado procesos de fertilización en personas muy cercanas y al verlas tener en sus brazos a sus bebés, me doy cuenta de que bien vale el esfuerzo y los avatares que hayan pasado para alcanzar ese milagro de vida.
Concuerdo con el concepto de que un embrión es una vida y debe preservarse. Como están aún en proceso de divorcio, el hombre y la mujer no habían llegado a un acuerdo sobre qué hacer respecto de los cinco que habían congelado. El hombre propuso una solución salomónica y la mujer, una que lo involucra a él, contra su voluntad.
¿Cuál es tu punto de vista? ¿Se debe permitir que la mujer sea madre nuevamente con estos embriones? ¿Qué solución propones?


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